Desde el punto de vista del arrendatario (contratos de “lease-in”) tendrá un tremendo impacto en las empresas, que verán como su pasivo crece y muchos ratios financieros, como por ejemplo el EBITDA, se verán fuertemente afectados.
La nueva norma establece que para cada contrato de arrendamiento deberá generarse un “Activo de derecho de uso” y una contrapartida en el pasivo equivalente al total de los pagos a realizar durante el periodo estimado de arrendamiento, a lo que se añade un tipo de interés.
Las empresas que reportan IFRS se enfrentan ahora a un nuevo cumplimiento normativo y es crítico abordarlo de la forma correcta, por lo que este artículo intenta ofrecer una ruta de los pasos a seguir para asegurarnos que el día 1 de enero de 2019 estemos preparados.
El camino hacia el cumplimiento de IFRS16 se compone principalmente de tres fases: Planificación, Transición y Construcción, y Producción.
Para ver el artículo completo (pág. 48) pincha aquí.
Para ver todo el catálogo de nuestras revistas, con artículos en profundidad y temas de total actualidad, pincha aquí.